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viernes, octubre 11, 2024

Libertad de expresión y Juego de Tronos

Por Ana Neyra

Fake news, libertades de información y expresión, demandas, controles externos y rectificación

Imaginemos que hablamos de una serie como Juego de Tronos. Decimos que tuvo ocho temporadas y que su final no nos impresionó. Con estas afirmaciones, ¿estoy ejerciendo libertad de información, libertad de expresión o ambas?

Los derechos a la libertad de información y libertad de expresión son reconocidos por la Constitución (artículo 2 inciso 4) y tratados internacionales.

Sin desconocer que han cobrado importante protagonismo las redes sociales, es claro que los medios de comunicación tradicionales (radio y televisión) siguen siendo uno de los principales canales para el ejercicio de estos derechos, por los periodistas y sus invitados.

No es lo mismo hablar de uno u otro derecho. Cuando se ejerce la libertad de información, se emiten frases, datos, noticias, afirmaciones que son contrastables como verdaderas o falsas, por lo que no se exige verdad absoluta, pero sí un adecuado cotejo de fuentes para lograr veracidad. También la información difundida debe ser de interés público o al menos de relevancia pública, es decir, ser importante para la toma de decisiones en la esfera pública, y no responder únicamente al ámbito privado. Por el lado del derecho a la libertad de expresión, lo que se emiten son opiniones o juicios de valor; aquí no hay verdad o falsedad, sino pura valoración personal, pero tampoco es ilimitado (ningún derecho lo es) y, entre otras cosas, no admite el insulto o la denigración. Ninguno de estos derechos permite censura previa o algún tipo de control de contenidos antes de la divulgación.

Para volver a lo que decíamos al inicio, si digo “la serie Juego de Tronos se basa en los libros de George R.R Martin y tuvo ocho temporadas” hago ejercicio de mi libertad de información. La afirmación sería falsa si la serie se basara en otro autor (o no tuviera soporte argumental bibliográfico) o tuviera más o menos temporadas. Por otro lado, si lo dicho fuera “La serie Juego de Tronos tuvo un final decepcionante y resulta poco creíble que –spoiler alert– Bran haya sido finalmente coronado rey” estaría más bien en ejercicio de mi libertad de expresión y, por tanto, resulta más bien una valoración que no es verdadera ni falsa, sino que podría ser contrastada con otras opiniones. Es cierto que establecer las diferencias no siempre es tan fácil, pero vale la pena intentarlo, para ver el grado de exigencia que quien emite frases tendría. A alguien que lanza un dato le puedo demandar veracidad, no así a quien opina o valora.

Pero más allá de diferenciar ambos derechos, ante casos recientes de noticias falsas o fake news, es importante reflexionar hasta dónde se puede llegar en su ejercicio legítimo y qué se puede hacer frente a quiénes estén fuera de dicho marco. ¿Los derechos a la libertad de información y expresión amparan decir que las vacunas aumentan el coronavirus o que inocularse con ellas es “como inyectarse agua destilada”? ¿O divulgar la supuesta eficacia de sustancias contra la Covid-19 (como el dióxido de cloro o bebidas alcohólicas)? ¿O decir que se traerán vacunas privadas (pese a que los laboratorios siguen hoy solo negociando con los gobiernos)? Ninguna de estas afirmaciones está protegida por la libertad de información al haber muchas pruebas científicas y datos comprobados que las desvirtúan. La Constitución no protege la difusión de fake news. Situaciones similares se han presentado en la campaña electoral con diversos otros temas, muchas veces con carga de prejuicios y claro enfoque antiderechos.

Ahora, la pregunta que surge es ¿qué se puede hacer? ¿Basta la autorregulación de los medios o se pueden imponer controles externos? Y aquí creo que las cosas se ponen algo más complicadas. Muchos optan por la vía de la denuncia buscando una condena. Esta opción, aunque con cierto amparo en el Código Penal, puede tener efectos no deseados. Miremos las investigaciones y hasta condenas contra periodistas por hacer investigaciones. Entre los recientes, resaltan casos como el de los periodistas Paola Ugaz y Pedro Salinas, por el caso Sodalicio y los abusos contra menores, con diversos procesos, muchos aún en trámite; o un proceso felizmente culminado con absolución a favor de los periodistas Edmundo Cruz y Oscar Castilla ante una denuncia interpuesta por Miguel Arévalo, sobre quien señalaron estaba siendo investigado por narcotráfico. Parecido afán sancionador se puede ver en la denuncia ante INDECOPI por supuesta afectación de derechos de autor ante el título de un libro con una frase popular (buscando además que el texto sea retirado de la venta). Este tipo de denuncias siempre podrían caer en manos de jueces o funcionarios poco independientes y, con ello, ser mecanismos para coartar la libertad de prensa y las libertades de información y expresión.

Entonces, ¿qué queda? Preocupa también los intentos de emplear la normativa para cancelar licencias o permisos. Nuevamente, pensemos esta herramienta en manos de autoridades administrativas autoritarias (que siempre pueden estar en nuestro futuro). Podrían ser usadas para liberarse de prensa opositora.

Tampoco podría decirse que basta con la aclaración que la autoridad brinde como información oficial, sin ninguna otra consecuencia. Suele llegar a otros destinatarios y no tener el mismo alcance. Además, como precisa un estudio de especialistas de MIT (Vosoughi y otros), publicado en 2018, las noticias falsas (en Twitter,  pero probablemente más allá de esa red social) suelen difundirse mucho más lejos, más rápido, más profundamente y con mayor alcance que las verdaderas.

Un remedio que tiene sustento en la propia Constitución (artículo 2 inciso 7) es el pedido de rectificación, que además debe ser razonable y proporcional. Es decir, solicitar al medio de comunicación que señale la información incorrecta y la precise, con el mismo tiempo y bajo los mismos alcances que la divulgación inicial. ¿Y si no lo hace? Una vía podría ser iniciar un proceso de amparo. Su objetivo es solo reponer las cosas al estado anterior, sin que medien sanciones penales, cancelaciones de licencias o pedidos de indemnización.

Fuera de los medios legales, el dejar de sintonizar estos canales y presionar a los anunciantes para que quiten los auspicios también pueden complementar estas medidas. El rol de las sociedades de radio y televisión puede devenir en importante, especialmente en coyunturas como las actuales que requieren contar con la información más precisa posible.

Imagino muchos puedan pensar que los remedios propuestos son insuficientes, pero también hay que evaluar los derechos involucrados. La no fácil tarea es encontrar un equilibrio entre, por un lado, ejercer las libertades de información y expresión, y, de otro, evitar que se difundan noticias falsas. ¿Qué otras medidas podrían funcionar?

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