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lunes, diciembre 9, 2024

Congreso, bancadas y legislación

Por Gerardo Távara

En mi columna anterior lancé algunos apuntes de lo que debiera ser la agenda del Congreso de la República que acabamos de elegir y lo hice sin tener certezas de cómo quedaría conformado[1].

Hoy sabemos que tendrá 10 bancadas sin que ninguna de ellas cuente con mayoría absoluta, de forma que será indispensable formar bloques, lograr acuerdos y encontrar puntos de confluencia para sacar adelante las reformas institucionales, ejercer un adecuado y oportuno control político y aprobar leyes que favorezcan a amplios sectores y no a intereses particulares. Sin duda, esto estará marcado en buena cuenta por los resultados de la segunda vuelta presidencial, y será entonces cuando podamos tener más claridad sobre los movimientos y correlaciones entre los partidos políticos.

Esta vez quiero referirme a los aspectos internos de cada grupo parlamentario, para lo cual abordaré tres puntos: el primero es la formación de bancadas y los dos siguientes sobre la función legislativa.

Para conocer la consistencia de las bancadas es necesario “mapear” cada una de éstas, identificar las tendencias o facciones que pudieren existir en su interior y –con ello- prever posibles fracturas y divisiones que incrementen la fragmentación como ha ocurrido en cada periodo. Al respecto, quiero recordar e insistir en la necesidad de que el Congreso cumpla con la sentencia del Tribunal Constitucional que recomendó reglamentar “los supuestos legítimos” por los que un congresista puede apartarse de su grupo parlamentario[2].

Puede que la fragmentación sea inevitable en un sistema político tan debilitado como el nuestro[3], pero al menos es posible establecer márgenes para limitarla con la legitimidad a la que alude el TC.

Lo segundo tiene que ver directamente con las motivaciones para presentar proyectos de ley.  Aunque se ha ido desterrando la idea de que a mayor cantidad de proyectos de ley mejor desempeño parlamentario, aún son bastantes las iniciativas legislativas meramente declarativas y cuyo impacto sobre la realidad es mínimo o nulo, pero abultan la legislación nacional. El reglamento del Congreso requiere mejorar las exigencias del análisis costo- beneficio de los proyectos de ley. Lo primero es preguntarse si el problema o la materia que se busca abordar requiere efectivamente de una ley o si puede atenderse por otras vías, y lo segundo es evaluar si la aprobación de determinada ley supone mayores costos económicos o institucionales que los que está generando el problema que se pretende resolver, si es que realmente es un problema.

Finalmente, el tercer punto está referido a una exigencia prevista en el Reglamento del Congreso según el cual todo proyecto de ley debe ser firmado por no menos cinco congresistas y el portavoz del grupo parlamentario que lo impulsa[4]. Están prohibidas las iniciativas de ley individuales. El objetivo de esta norma incorporada el año 2006 es precisamente fortalecer los grupos parlamentarios y propiciar que los proyectos de ley sean producto de un debate y acuerdo al interior de éstos, de forma que se genere un piso mínimo de consenso dentro del grupo y un filtro para reducir la proliferación de proyectos de ley.

He sido asesor parlamentario y puedo dar fe de que varios grupos parlamentarios asumieron con seriedad la práctica de discutir internamente las iniciativas de sus miembros antes de respaldarlas con las firmas exigidas. Lamentablemente, esta buena práctica parece haberse perdido; en la mayoría de casos, las firmas se intercambian bajo un supuesto espíritu de colaboración que se resume en “tú firmas mi proyecto y yo firmo el tuyo”. Esto lleva a que en no pocos casos congresistas de un mismo grupo contradigan en comisiones o en el Pleno las iniciativas de sus colegas de bancada haciendo el proceso legislativo más lento e infructuoso.

Ojalá el nuevo Congreso asuma el reto de adecuar su Reglamento y los grupos parlamentarios se hagan cargo de incrementar la calidad de la función legislativa que corresponde a este poder del Estado.

[1] https://www.patamarilla.com/2021/04/apuntes-para-la-agenda-de-un-congreso-incierto/

[2] https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2017/00006-2017-AI.pdf

[3] Ver: https://www.patamarilla.com/2021/04/el-nuevo-congreso-entre-la-fragmentacion-y-la-coalicion/

[4] Reglamento del Congreso, artículo 76.-

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