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jueves, abril 17, 2025

Aborto Por Violación en Ecuador: la utopía continúa…

Por Virginia Gómez de la Torre

El feminismo ecuatoriano ha venido defendiendo lo básico estos últimos 14 años en el ámbito de los derechos reproductivos.  Desde luchar porque no deroguen el aborto terapéutico hasta impedir que se apruebe la Objeción de Conciencia en las prestaciones de salud pública como anticoncepción o la atención a las emergencias obstétricas, específicamente abortos en curso. En medio de esas batallas siempre nos posicionamos en que el aborto debe ser legal, seguro y gratuito y colocamos como mínimo que por lo menos en caso de violación debe ser despenalizado.

En la elaboración del Código Penal Integral en el 2013, casi lo logramos; el presidente de ese entonces vetó totalmente el proyecto, antes incluso de llegar a votación. El mensaje patriarcal fue contundente, las mujeres no tienen derecho a decidir ni siquiera cuando son embarazadas producto de un crimen. Seguimos insistiendo, con evidencia, con la realidad en el argumento, y con el testimonio en la incidencia. Vidas Robadas[1] fue la investigación que conmovió a la sociedad, demostramos que a las niñas las violan en medio del incesto naturalizado y tolerado y que la afectación a su salud integral es total.

En el 2018 volvimos a incidir en el marco de una propuesta de reforma al Código Penal Integral, interpuesta por el Defensor Público. Hicimos de todo; en el ámbito de la Asamblea Legislativa entregamos cifras, testimonios, llevamos expertos y expertas nacionales e internacionales, hicimos mapeos de aliados y antiderechos. La estrategia comunicacional fue extensa, campañas en redes sociales, tuitazos, videos. Muchísima gente nos apoyó, el movimiento de mujeres en todo el país se activó, las jóvenes feministas con la creatividad propia y la valentía de transgredir en la protesta defendieron el derecho en las calles, las más grandes disputando voto a voto al interior de la Asamblea. El 17 de septiembre del 2019 fue el día en que la Asamblea Legislativa negó el derecho a decidir a las mujeres ecuatorianas cuando no quieren parir del violador. No alcanzamos los votos necesarios. Perdimos….

La desconfianza de las mujeres en estos procesos y en quienes toman las decisiones hizo que incluso antes de la votación, en julio del 2019, Fundacion Desafío y la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador interpongan una demanda ante la Corte Constitucional solicitando que se declare inconstitucional el literal 2 del artículo 150 del Código Penal que dice lo siguiente:

  1. El aborto no será punible si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental.

Es un artículo discriminatorio que no permite decidir a las mujeres que no tienen discapacidad abortar en caso de violación. El no consentimiento es el mismo.

No podíamos confiar en los y las asambleístas; en el supuesto que no se despenalizara en la Asamblea, le exigiríamos a la Corte Constitucional hacerlo.

El Código Penal Integral reformado llegó a la presidencia para el veto total o parcial.  En el texto enviado a la presidencia se deslizó el Artículo 150; el presidente podía vetar a favor de despenalizar aborto por violación porque en el documento constaba el artículo inconstitucional. No lo hizo. El presidente envió a la Corte Constitucional un texto argumentando que el numeral 2 incumple con estándares internacionales y es inconstitucional por discriminatorio y que sea este espacio el que resuelva la despenalización. La Corte Constitucional que también podía resolver el fondo y la forma, no lo hizo y resolvió admitir nuestra demanda de inconstitucionalidad para en lo posterior analizarla y emitir un dictamen.

El 25 de Noviembre del 2020, los colectivos feministas y la Defensoría del Pueblo interpusieron varias demandas de inconstitucionalidad. Seis demandas adicionales a la primera se acumularon, se entregaron decenas de Amicus Curiae a favor de despenalizar el aborto por violación y el 28 de Abril del 2021, casi a dos años de haber entregado la primera demanda,  la Corte se reunió, y luego de 6 horas de deliberación, emitió una sentencia declarando inconstitucional el literal 2 del artículo 150 del Código Penal Integral.

Un estallido de alegría se dio en las afueras de la Corte Constitucional, desde las 8:00 de la mañana las feministas nos tomamos esa calle. Los antiderechos con pendones de Tradición y Familia, rezando y gritando las mismas consignas de siempre, tuvieron que ocupar la calle lateral.

Este proceso no ha terminado, nos esperan desafíos gigantes en la construcción del marco jurídico y la normativa sanitaria; sin embargo, antes no teníamos nada, ahora tenemos la sentencia de la Corte. El impacto simbólico es enorme, la oportunidad de hablar del tema, de posicionarse en el aborto libre y por violación recorre el país.  El impacto en la vida de las mujeres violadas y embarazadas es total.

La Corte ha dicho: la falta de regulación no podrá ser pretexto para incumplir esta sentencia,[2] ni sancionar a mujeres o médicos que interrumpan embarazos producto de violación.

El tiempo de ejercer el derecho a decidir en este tema específico ha llegado; tenemos que proteger este paso que ha dado el país para seguir detrás de esa utopía posible: aborto legal, seguro y gratuito.

[1] VIDAS ROBADAS. Fundación Desafío.

[2] Acción Pública de Inconstitucionalidad. Acá la sentencia completa

https://portal.corteconstitucional.gob.ec/FichaRelatoria.aspx?numdocumento=34-19-IN/21

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