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martes, enero 21, 2025

Último plazo: partidos políticos tienen hasta el 1 de setiembre para entregar informe financiero

Es un proceso administrativo. La segunda entrega que emitió la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) con respecto a la documentación del informe financiero hecho por los grupo políticos que formaron parte de la campaña electoral vence este 1 de setiembre.

En dicho informe se conocerá los aportes, ingresos y gastos de las agrupaciones políticas que hasta la fecha no han presentado su balance financiero ante la ONPE.

 Recepción de manera presencial

La forma en la que se tendrá que brindar dicha información es a través de una mesa de partes de manera presencial o virtual en https://www.web.onpe.gob.pe/mpve/.

Dentro de los documentos que se deberán ser entregados se verán detalles de cada partido político. Los informes financieros contarán con fecha y número de recibo del aporte, así como el nombre, DNI y dirección de aportante, medio de pago (dinero en efectivo, depósito en cuenta, cheque, giro, transferencia o tarjeta de crédito), la valorización de aporte y el número de operación bancaria.

En relación con las campañas electorales, actos proselitistas, el organismo electoral también dejó detalles al respecto.

“Se solicita el número, fecha y el distrito, provincia y departamento donde se desarrolló la actividad. También es necesario precisar si se trató de comidas, bingos, rifas, kermes, actividad artística cultural u otra, además de explicar el ingreso total recaudado en soles”, se lee en la página web.

¿Qué dice la ley?

Con esta modalidad de ingresos, las organizaciones políticas pueden recibir ingresos hasta 100 UIT por actividad (S/ 440,000), según el artículo 30° de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 28094).

La publicidad o propaganda en medios de comunicación también será evaluada.

Las aportaciones que se realice a un candidato o candidata no deben exceder las 50 UIT por aportante (S/ 220,000), según a lo dispuesto en el artículo 30°- A de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 28094). Asimismo, cuando el aporte supere el 25 % de una UIT este debe hacerse a través de una entidad financiera.

De no cumplir con los requisitos y peor aún no entregar el informe financiero hasta la fecha establecida, habrá una multa no menor de 31 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias y la pérdida del financiamiento público directo.

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