Movimiento en el Parlamento. Hace casi tres semanas atrás parlamentarios de Fuerza Popular, Avanza País, Renovación, Acción Popular y Alianza Para el Progreso presentaron un proyecto de ley que atentaría contra el referéndum.
Es decir, eliminar el derecho de la población de someter a consulta la reforma total de la Constitución.
Según el predictamen que plantea la presidenta de dicha Comisión, Patricia Juárez, se quiere modificar la ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
La iniciativa legislativa pretende cambiar los artículos 19, 49 y 44 de dicha ley.
Artículo 19.- Improcedencia de reforma constitucional
“Es improcedente toda iniciativa de reforma constitucional que recorte los derechos ciudadanos consagrados en el articulo 2 de la Constitución, o que no se tramite según el procedimiento establecido en el primer párrafo del articulo 206 de la Carta Magna”; se lee en el documento.
Artículo 40.- Improcedencia de referéndum
“No pueden someterse a referéndum las materias y normas a que se refiere el segundo párrafo del articulo 32 de la Constitución. Tampoco aquellas referidas a reforma constitucional que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del articulo 206 de la Carta Magna”, agregan.
En otras palabras, con la participación del Parlamento o solo de alguna parte mediante la iniciativa legislativa ciudadana con el 0.3% de la población electoral, según informó La República.
La voz de los especialistas
La República conversó con el constitucionalista, Luciano López y alertó que esta iniciativa del Legislativo es inconstitucional ya que “vacía de contenido al referéndum como derecho que está reconocido” en la Carta Magna.
López precisa que el referéndum es un derecho fundamental reconocido en el inciso 17 del artículo 2 de la Constitución. También el artículo 31 reconoce el derecho de participación mediante el referéndum. E incluso el artículo 32 reconoce que se puede someter a referéndum la reforma total de la Constitución.
Por ello, el constitucionalista enfatizque que mediante una ley no se puede modificar aspectos reconocidos en una norma de rango superior, como es la Constitución. En todo caso, el Parlamento tendría que reformar estos artículos.
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