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sábado, octubre 5, 2024

La contrarreforma política: las modificaciones a las normas electorales

El 16 de setiembre, el pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que proponía ampliar por 30 días el plazo para modificar las normas aplicables en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.  En marzo del 2019, la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política planteó establecer un sistema de elecciones internas abiertas a la participación ciudadana, el proyecto propuso que las elecciones sean internas, abiertas y obligatorias para toda la ciudadanía. Además, se determinó que están sean simultáneas, para evitar que los ciudadanos puedan votar por partidos diferentes y para hacer más ordenado el proceso de selección. Esto se presentó bajo la idea de elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias), tomando como ejemplo el caso argentino.

El actuar del Congreso ha sido dar la espalda a la propuesta de la Comisión para la Reforma Política, esto se vio reflejado en la aprobación final del del Proyecto de Ley N° 00128/2021-CR, proyecto que une a los proyectos N° 0013 y 0136 a fin establecer normas transitorias referidas a la inmodificabilidad de las normas electorales, la cancelación de inscripción de organizaciones políticas, las elecciones primarias y la afiliación política, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales del 2022. Este proyecto logró publicarse el 1 de octubre en el Diario El Peruano mediante la ley N° 31354, “Ley que incorpora disposición transitoria a la ley orgánica de elecciones”. Lo que se indica en el texto publicado es que para las elecciones regionales y municipales del próximo año no será de aplicación lo contenido en el segundo y tercer párrafos del artículo 4 de la ley 26859 (Ley Orgánica de Elecciones). El plazo para aprobar dichas reformas será de treinta días desde la fecha de publicación de la norma; asimismo, las normas reglamentarias, para que sean aplicables a las elecciones regionales y municipales 2022, deberán publicarse hasta el 5 de febrero de 2022.

El justificante de la pandemia. “Hemos terminado las elecciones generales, luego entramos a las municipales y regionales, son fechas ajustadas. Este es un argumento que va de la mano con la pandemia porque la pandemia ha generado todos estos retrasos. Pero todo está para discutirlo, el proyecto de ley va a una comisión donde será analizado y enriquecido o se modificará. No estamos hablando de un proyecto definitivo”, fueron las palabras del parlamentario de Renovación Popular, Jorge Montoya, a inicios de septiembre cuando este proyecto se encontraba en la Comisión de Constitución.

Al respecto, la ex ministra Neyra remarcó que la justificación de la pandemia no tiene sustento. “Sorprende que el argumento trate de ser la pandemia pues se ha demostrado en las elecciones tanto de abril como de junio – sobre todo en segunda vuelta donde estábamos en el punto más alto de contagios en la pandemia- que esto no incrementó el número de infectados. El otro argumento que se usaba es el costo, si bien las elecciones primarias conllevan una inversión, esto busca la participación de la ciudadana. Parecería que lo que quieren los partidos representados en el Congreso, y algunos que están fuera, es mantener el control en la selección de candidatos. Y esto ha obtenido amplio consenso, casi todos los partidos han votado a favor de este primer dictamen propuesto en la Comisión de Constitución”.

JNE y ONPE señalan que no hay tiempo para las primarias

Los titulares de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto, y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas, se presentaron el martes último ante la Comisión de Constitución del Congreso para sustentar las razones por las que consideran que estas se deben suspender para las elecciones del 2022.

“Lamentablemente se presenta una imposibilidad material de realizar las elecciones primarias con miras al proceso regional y municipal de 2022, bajo estándares adecuados, dadas las limitaciones normativas y organizativas existentes”, señaló el sistema electoral peruano -compuesto por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Según un comunicado emitido por estas entidades, las razones se deberían, también, la modificación de algunos plazos en la legislación electoral por el Congreso de la República, y la existencia de vacíos que no han sido regulados de manera clara en la norma.

Según puntualizó Alexandra Marallano, asesora de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el artículo 4 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) establecía que el plazo para variar las normas que regulan un proceso electoral vencía el 3 de octubre de este año. Sin embargo, con la Ley 31354, emitida el 1 de octubre último, se ha modificado dicho plazo hasta el 31 de octubre. Debido a ello, señaló, los organismos electorales están a la expectativa de las modificaciones que puedan darse, y dijo que ya existen vacíos en la normativa que el Pleno del JNE no podría subsanar a través de reglamentos, “ya que este tipo de normas no puede ir más allá de lo que establece la ley”.

La contradicción de Corvetto.  Piero Corvetto, expuso ante el Congreso algunas de las razones por la cual existiría una imposibilidad “material” para realizar las elecciones primarias en el 2022, mencionó los plazos ajustados para aspectos como el uso del aplicativo ‘Elige tu local de votación’ (14 días), impresión del material electoral (21 días) y despliegue del material (14 días).

Sin embargo, el 10 de octubre, en una entrevista con La República, Corvetto fue preguntado sobre la posible suspensión de las primarias y su respuesta fue: “Nosotros hemos demostrado que es posible hacer elecciones en pandemia. Ya en ninguna parte del mundo se suspenden elecciones. Nosotros estamos en capacidad de hacer la elección (primaria). Estamos en condiciones de hacer las mejores elecciones en el peor de los escenarios. Lo hemos demostrado en plena pandemia”.

Cajamarca sería la sede de las contrarreformas

Este jueves 28 de octubre el Congreso de la República realizará un pleno descentralizado en la región de Cajamarca en el que se debatirán la aprobación de los dictámenes referidos a los cambios en las normas electorales.

El pleno se realizará en este lugar porque se revisará la Ley 31343, Ley de Creación de la Zona Franca de Cajamarca; y otra que regula el servicio de extensión agropecuaria.

Sin embargo, el proyecto que se ha puesto bajo la lupa es el proyecto de ley Nº 296 que propone la suspensión de las elecciones primarias para la Elecciones Regionales y Municipales de 2022. Además, eliminar el requisito de mínimo 15 listas en regiones para mantener la inscripción y suspender el mínimo de 24 800 afiliados y 65 comités, son contrarreformas que deberán dar prioridad, pues el 31 de octubre vence el plazo para cumplir estos requisitos.

“No quieren tener un mínimo de exigencia en la participación. Debemos recordar que en la última diligencia interna para las elecciones 2021 la participación de afiliados fue muy baja. Sí deberíamos exigir que los partidos nos deban asegurar una mínima convocatoria para la selección, cosa que no estaría pasando. El filtro de la participación ciudadana no se estaría cumpliendo por tercera vez: no se aplicó en el 2019 porque estaba muy cerca la elección del 2020, no se aplicó en el 2020 por la pandemia y ahora 2022 por el pretexto de pandemia”, complementa Neyra.

Parlamentarios buscan reducir las sanciones a los candidatos que no reporten sus ingresos

El segundo vicepresidente del Congreso, Enrique Wong, de la bancada de Podemos Perú, presentó el proyecto de ley N° 533/2021 – CR, el cual busca variar la sanción que se determina según la Ley de Organizaciones Políticas (N° 28094). Esta norma específica que Los candidatos que no informen a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de los gastos e ingresos efectuados durante su campaña son sancionados con una multa no menor de diez (10) ni mayor de treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). En caso de que el candidato reciba aportes de fuente prohibida, la multa es del monto equivalente al íntegro del aporte recibido indebidamente.

Sin embargo, para Wong, este texto debe ser modificado y establecer el mínimo a 1 UIT, además, “para la aplicación de la multa se deberá tomar en consideración, adicionalmente a los criterios de graduación consignados en el reglamento respectivo, si se está frente

a una candidatura de alcance nacional, regional, provincial o distrital y el número de votantes de la circunscripción electoral del candidato sancionado”.

Según el congresista de Podemos Perú, esta propuesta busca llenar un vacío legal en lo referente al tratamiento a las sanciones impuestas a los candidatos por no informar en el tiempo oportuno sobre los aportes y gastos de su campaña electoral.

En ese sentido, la iniciativa también precisa que se considera candidato a aquella persona que fue inscrita como tal por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a través de una resolución. “En caso de producirse una exclusión, el candidato tendrá la obligación de presentar su informe de gastos e ingresos efectuados hasta el momento en que se haya producido la exclusión”, indica el documento.

Además, Wong considera que el monto de la multa es injusto al no diferenciar los diferentes tipos de candidaturas que se presentan en especial en lo referente a las elecciones de los gobiernos locales, en donde “candidatos de distritos con una pequeña cantidad de electores cuy campaña a veces se hace con fondos mínimos y muchas veces sólo con el trabajo del candidato y sus familiares, no puede ser multada con unas sumas tan exageradas”.

Incluso, el congresista busca que la norma sea aplicable para casos anteriores a su publicación; es decir, para sanciones que se han dado en campañas anteriores, con la posibilidad de apelar los fallos, algo que contraviene directamente el principio de retroactividad de las leyes:

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