Son los últimas acciones del actual Congreso. En los próximos días asumirán sus funciones los nuevos parlamentarios para el período 2021-2026 que tendrán que hacer del poder legislativo un poder que contribuya con la mejoría del Perú.
Mientras tanto, el pleno del Congreso aprobó una nueva reforma constitucional que permitirá otorgar la titularidad estatal sobre los bienes culturales que hasta el día de hoy no han sido descubierto y están ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del territorio nacional.
La modificación que se realizará está observada en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú.
Inicialmente en el artículo en mención se puede leer lo siguiente:
Articulo 21.- Patrimonio Cultural de la Nación
“Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. La ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio. Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional”
Con los cambios planteados la redacción quedaría de la siguiente forma:
Articulo 21.- Patrimonio Cultural de la Nación
Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado.
En el caso de los bienes culturales no descubiertos, ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del territorio nacional, la propiedad de los mismos pertenece al Estado. Esta titularidad estatal es inalienable e imprescriptible.
Todos los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, ya sean de carácter público o privado, se encuentran subordinados al interés general. El Estado fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional.
Puedes el dictamen completo en el siguiente enlace: REFORMA CONSTITUCIONAL