La pandemia ocasionada por el coronavirus obligó que el gobierno establezca ciertas medidas para contrarrestar los daños económicos que venía dejando tanto en empresas como en los trabajadores de estas.
Por dicho motivo en abril del año pasado el Estado peruano mediante el Decreto de Urgencia 038-2020 autorizó a las empresas el poder solicitar la suspensión perfecta de labores de los trabajadores. Esta medida permitía mantener la relación laboral, pero no obligaba a la empresas el pago del sueldo.
Es así que con dicho decreto se otorgaba la facilidad a que diversas empresas, negocios puedan sobrellevar los primeros meses de la pandemia por la covid-19 debido a las diversas restricciones.
¿Qué es la suspensión perfecta de labores?
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), la suspensión perfecta de labores (o licencia sin goce de haber) implica el cese temporal de la obligación del empleador de pagar las remuneraciones y beneficios laborales, mientras que los trabajadores dejan de prestar sus servicios a la empresa, pero sin la extinción del vínculo laboral.
Por otro lado se puede emplear esta media cuando existe imposibilidad de aplicar el trabajo remoto o la licencia con goce de haber por el nivel de afectación económica, debido a que los empleadores se encuentran en una situación económica que les impide “severa y objetivamente” aplicar dichas medidas, sea por la naturaleza propia de sus actividades o por el nivel de afectación económica.
Fecha límite
Desde el 2 de octubre ninguna empresa podrá aplicar la medida correspondiente. Esto se dio a conocer mediante el Decreto de Urgencia 087-2021, que tiene por objeto modificar el artículo 3 y la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas.
Este Decreto de Urgencia se oficializa luego de que se creara una mesa de trabajo para evaluar la derogación de la suspensión perfecta, la cual había sido planteada por el premier Guido Bellido hace unas semanas en el Congreso de la República.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que hasta el 31 de marzo de este año se realizaron más de 41,000 solicitudes de suspensión perfecta de labores, de las cuales unas 32,000 empresas sí pudieron hacerla efectiva, lo que implica a 303,194 trabajadores suspendidos.
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