El viernes 17 de setiembre el Ejecutivo promulgó la LEY Nº 31352 que incorpora el artículo 112-a a la ley 26842, ley general de salud, a fin de establecer el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por los delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas.
Dicha ley que se aprobó a raíz de la muerte del sanguinario terrorista Abimael Guzmán tiene como objetivo evitar que personas con pensamiento terrorista o allegados a este puedan generar un tipo de culto a personas como fundador de Sendero Luminoso y se cometa algún tipo de apología al terrorismo.
Faltaba que el Ministerio Público se pronuncie sobre el cuerpo de Guzmán que hasta la fecha se mantenía en la morgue.
El Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao dispuso esta tarde la cremación del cadáver del cabecilla terrorista Manuel Rubén Abimael Guzmán Reinoso.
Por otro lado, la Autoridad Sanitaria, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior fueron notificados para que inicien las coordinaciones destinadas a recoger los restos del cabecilla terrorista de la Morgue Central del Callao y cumplan con la cremación y el destino final de sus restos en un plazo máximo de 24 horas, tal como lo señala la ley.
«Cabe señalar que el despacho fiscal a cargo de las investigaciones en relación a la identificación del cuerpo de Guzmán Reinoso recibió el miércoles 22 de setiembre los últimos resultados de las evaluaciones que se le realizaron», se lee en el comunicado de la Fiscalía.