El Gobierno amplió hasta el 31 de diciembre del 2022 el plazo que permite a los productos importados el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias dispuestas en el Manual de Advertencias Publicitarias aprobado por Decreto Supremo 012-2018-SA.
Dicho manual fue publicado en el marco de lo establecido en la Ley 30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 017-2017-SA.
Igualmente, el decreto publicado hoy amplió hasta el 31 de diciembre del 2022 el plazo que permite a las micro y pequeñas empresas el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias dispuestas en el citado manual.
El decreto supremo indica también que en el plazo máximo de seis meses el Ministerio de Salud, con participación de los diversos sectores y entidades públicas, emitirá un informe sobre la evolución del cumplimiento del uso del rotulado en forma indeleble en la etiqueta con las advertencias publicitarias que correspondan.
La norma legal aparece publicada en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario El Peruano con las firmas del presidente de la República, Pedro Castillo; el titular de la PCM; y los ministros de Comercio Exterior, Midagri, Midis, Economía, Educación, Producción y Salud.
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