Según la SUNAT, las entidades financieras deben identificar si el titular de una cuenta tiene un saldo o rendimiento igual o mayor a las 7 UIT (S/ 30,800). Este intercambio automático de información elevó su propuesta inicial cuyo umbral de notificación era de S/ 10,000.
Esta disposición alcanza al 3.5% del total de cuentas bancarias del país.
El origen de esta norma, según explicó para Pata Amarilla el especialista en fiscalización de SUNAT, José Verona, responde a una obligación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), donde 178 países han suscrito este acuerdo.
“Son 178 países los que están haciendo lo que se hace en Perú, controlar las cuentas bancarias e informar en un intercambio automático de informacion. Por ejemplo, si un ciudadano colombiano tiene una cuenta bancaria aquí con 100 mil dólares, eso va a ser informado a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia), ellos se encargarán del procedimiento del cobro porque él no declara ante la SUNAT colombiana pero aquí tiene 100 mil dólares. En el mismo caso, si a un ciudadano peruano se le detecta en Italia 100 mil euros y aquí no está declarando, en Perú se va a fiscalizar. Es un cambio en la política de fiscalización nacida por una fiscalización que se le hizo a Google, Apple, empresas que evadían muchos impuestos, entonces la OCDE creó un plan BEPS para fiscalizar de manera internacional a todos los evasores de impuestos, sean formales o informales”, comentó Verona.
Dentro del ámbito nacional, esta propuesta busca una mejor recaudación tributaria, pues en nuestro país, según continua el especialista, “el Perú tiene un nivel de evasión tributaria bastante fuerte, estos van en relación a los niveles de informalidad. La gente no tiene RUC, o tiene RUC, pero no emiten boletas, no emiten factura. Distinto es el tema de la exportación minera, los que se dedican a la exportación minera de forma obligada tienen que ser formales porque si no se emite una DUA de exportación, no van a poder sacar minerales”.
Asimismo, el director general de Políticas de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, Marco Camacho, indicó en declaraciones públicas que “este es un instrumento importante y en todos los países la administración tributaria tiene acceso periódico. La herramienta sigue estándares internacionales, incluso México, Colombia y Chile lo tienen. Lo que diseñamos en su momento era que se informe de manera mensual las cuentas superiores a 10,000 soles. Pero luego hemos sostenido conversaciones con representantes del sector privado y de las entidades financieras y fuimos citados a la Comisión de Economía del Congreso, donde recogimos sus preocupaciones”.
Esta norma precisa que las entidades financieras presentarán en las fechas previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los meses de junio y diciembre, la declaración correspondiente al primer y segundo semestre del año, respectivamente. Debemos precisar que esta norma facultó desde inicios de este año a las entidades financieras a recabar información de las cuentas; sin embargo, es desde septiembre del 2021 que esta va a ser enviada a la SUNAT, pues el periodo de detección de cuentas empezó a inicios de año, pero la fiscalización puede abarcar desde el año 2016.
“La informacion de los saldos de bancos va a ser recabada para SUNAT desde enero del 2021, la fecha que se va a enviar es en septiembre 2021. Si saqué mi plata en enero igual vas a ser informado pues el dinero que tenías el primer día de de enero va a ser informado a SUNAT. El periodo de fiscalización no tiene que ver con el suministro de informacion, SUNAT ha recibido la informacion de los vehículos, viviendas compradas en los últimos 4 años, tiene además el ITF, el monto que se paga cada vez que uno deposita o retira más de 1000 soles en el banco. A esto se esta sumando ahora los estados de cuenta bancarios, saldos a fin de mes de cada persona. Esa informacion junta se puede fiscalizar desde el año 2016. Se va a pasar a SUNAT la información mensual de manera semestral; es decir, el banco informa cada 6 meses los saldos que mes a mes tuvo la persona”, apuntó Verona.
En el supuesto de tener en varios bancos montos inferiores a las 7 UIT, pero que sumados igualan o superan los S/. 30,800, Verona alertó que “si tengo dinero en cuatro bancos, en cada banco tengo 10 mil soles, como cada banco no tiene más de S/. 30, 800 no se puede informar, está fuera del espectro de control. Sin embargo, la SUNAT tiene el ITF, y con ese dato va a saber si tienes 40 mil soles (suma de los cuatro bancos en el ejemplo), si tu declaras cero o estas en RUS pagando 20 soles, SUNAT va a detectar que eres un RUS de 20 soles; es decir, que compras y vendes 5 mil soles, pero que en los bancos tienes S/. 40, 000; SUNAT va a saberlo y va a pedir una justificación”.
Si bien es cierto que algunas entidades alertaron que esta medida puede dar cabida a filtración de informaciones, el especialista recalcó que en la historia de la SUNAT nunca ha habido una filtración, “no conozco ningún caso donde se haya dado filtración, esto afecta al 3.5 % de las cuentas bancarias. El 96.5 % de las cuentas bancarias en el Peru no van a ser tocadas”, concluyó.