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viernes, octubre 4, 2024

Cambios en la ONP: afiliados con 10 y 15 años de aportes podrán recibir pensión

Se acortó la brecha. Aquellas personas que sean aportantes a la Oficina de Normalización Provisional (ONP) han recibido una noticia a tomar en cuenta.

Según la ley 31301 que establece medidas de acceso a una pensión proporcional a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) publicada en el diario “El Peruano” precisa que las personas con 65 años como mínimo y que aporten de 10 a 15 años recibirán pensión de S/ 250 a S/350. También, establecen pensión adelantada para mayores de 50 años.

“Mediante Ley Nº 31301, se dispone que los afiliados del SNP tienen derecho a acceder a una pensión de jubilación proporcional especial. Así se señaló que los asegurados que tengan mínimo 65 años y cumplan con acreditar por lo menos diez años de aporte tienen derecho a una pensión de hasta S/ 250. Asimismo, los que cumplan con acreditar quince años de aportes y no lleguen a 20 años, tienen derecho a una pensión de S/ 350”.

Con respecto a los mayores de 50 años, dicha ley explica que se adelante la pensión para aquellas personas que tengo edad mencionada, pero con un mínimo de 25 años de aporte. La diferencia está en que debe cumplir ciertos requerimientos como el de ya no laborar.

Pensión para discapacitados laborando

La ley en mención promulgada por el presidente de transición y emergencia, Francisco Sagasti, añade un punto no menos importante. La pensión por discapacidad en el trabajo que se dará durante el estado emergencia sanitaria que se vive a causa del coronavirus de un 50% previa acreditación.

Alguno de los puntos a cumplir para acceder a esa pensión es:

  • Presentar  certificado o informe del médico especialista de una de las instituciones prestadoras de salud pública (IPRESS) adscrita al Seguro Social de Salud (ESSALUD), Ministerio de Salud (MINSA) o una empresa de prestación de salud (EPS).
  • La presentación de una declaración jurada en donde manifieste que su discapacidad le impide realizar actividad laboral
  • La fecha de la discapacidad antes indicada se determina con la fecha del certificado del médico especialista.

Puedes ver la ley haciendo clic aquí.

 

 

 

 

 

 

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