Por Manuel Silva
La cronología
20 de diciembre del 2020: SBS obliga a Aeluccop la implementación de un plan de solvencia
La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), en diciembre del año pasado, requirió a la cooperativa de ahorro y crédito AELU (Aelucoop) la presentación e implementación de un plan integral de fortalecimiento de solvencia y se le prohibió captar nuevos depósitos, otorgar créditos sin garantía líquida, levantar garantías sin que medie el pago íntegro de la deuda y enajenar bienes de la entidad sin autorización previa, tras conocerse los primeros problemas administrativos de la cooperativa.
Estas medidas tuvieron como objetivo asegurar la continuidad de sus operaciones, sin poner en riesgo los depósitos de sus socios y salvaguardar sus intereses.
Sin embargo, la vigencia de estas restricciones se fue ampliando, debido a que pese a los múltiples reiterativos de la SBS, la entidad nunca llegó a implementar de manera integral el plan de fortalecimiento patrimonial, al cual se había comprometido.
23 de agosto: SBS interviene Aeluccop
La SBS (SBS) oficializó el pasado lunes 23 de agosto la intervención a Aelucoop por encontrarse en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa.
Ello lo hizo mediante resolución SBS 2470-2021, publicada en el diario oficial El Peruano, y en cumplimiento de la Ley 30822, que otorga el mandato de supervisar a las cooperativas de ahorro y crédito.
Esta ley entró en vigencia el 1 de enero del 2019, y obligó a las cooperativas a estar bajo la supervisión de la superintendencia, y estableció un esquema modular de niveles y tamaños de cooperativa para aplicar la regulación y supervisión proporcional y gradual, de acuerdo a su naturaleza. Sin embargo, aún no se tenía una regulación específica sobre el tema de riesgo pues era un proceso que había empezado.
Al respecto, el economista Renzo Vidal nos señala que “estas cooperativas entran dentro de una condición de regulación de la SBS pero que en realidad es muy reciente (ley 30822). Dentro del marco legal de la esta ley no estaban las cooperativas, si bien ya se ha hecho toda la gestión de regularlas, esta entrará en vigencia en el 2022. En ese sentido, no entran al fondo que cubría las pérdidas que evidentemente hace que los ahorristas se vean afectados”.
La SBS destacó que la pérdida del capital social y la reserva cooperativa de Aelucoop tendría principalmente como origen presuntas irregularidades cometidas por la anterior administración.
Como parte de la supervisión de la SBS, antes de la declaración del estado de emergencia nacional, se identificó que la información contable y financiera que presentaba Aelucoop contenía errores e inconsistencias significativas.
La SBS encontró que, durante la administración del exgerente general, Miguel Zeballos Hatakeda, se manipulaba la información contable de la entidad a fin de esconder la verdadera morosidad de la cartera de créditos, así como mostrar ingresos y utilidades irreales y un patrimonio sobrevalorado.
Asimismo, se identificó que se otorgaron grandes créditos a grupos económicos y empresas vinculadas a la cooperativa -creadas con el objetivo de desarrollar, presumiblemente, proyectos inmobiliarios-, los cuales representaban más del 80% de las pérdidas patrimoniales de la entidad.
25 de agosto: SBS disuelve Aelucoop
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró el pasado miércoles 25 de agosto la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu, por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva correspondiente.
La medida fue dispuesta por la Resolución SBS N° 2493-2021, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, y en el marco de la Ley 30822, que modificó la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, respecto de la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac).
La SBS explicó que durante el régimen de intervención a la Cooperativa Aelu, como resultado de la verificación de la información disponible, se determinó una pérdida superior a 401 millones de soles, lo cual ratifica la pérdida total del capital y la reserva cooperativa.
El problema
Según nos comparte el economista Renzo Vidal, en el 2019 ya la misma Cooperativa estaba dando unos vistos de ciertos manejos no tan claros, fue con la pandemia donde esta cooperativa recibió un golpe muy fuerte. “Un gran porcentaje de los depósitos ya habían perdido mucha solvencia financiera. Con la pandemia entra un gran problema, de hecho, hubo una re estructuración para generar mejores compromisos hacia los ahorristas, pero al parecer no hubo ese éxito que se deseaba”.
Asimismo, resalta el contexto en que se da este golpe económico a Aelucoop. “El tema es que antes de la pandemia la economía ya estaba cayendo, pero la solvencia se mantenía fuerte: decrecía, pero a un ritmo muy bajo en comparación con la década del 2000. Cuando una entidad financiera recoge los depósitos de los ahorristas y la invierte para generar mayor riqueza y convertirla en la tasa de interés que se pagará a los aportantes, muchas de estas inversiones en proyectos no se generan con una rentabilidad fuerte. Esta cartera de inversiones que tiene toda entidad se deteriora en el tiempo si en realidad no tienes una buena tesorería o un departamento contable, una serie de mecanismos dentro de la entidad que le permitan asegurar una mejor gestión. Estas carteras de inversión se deterioraron con la pandemia. Toda la economía cae, entonces las rentabilidades también cayeron. La posibilidad de quebrar para estas entidades (cooperativas) es mucho más alta. Eso ha pasado en este caso y también la mala gobernanza. En general las entidades financieras se cubren ante el riesgo invirtiendo en instrumentos financieros que permitan cubrir cualquier riesgo en adelante”.
8 de septiembre: Inician las devoluciones del dinero a los aportantes
Las restricciones impuestas a Aelucoop permitieron que se cuente con fondos disponibles por S/ 24 millones, monto que permitirá que la SBS pueda iniciar la devolución de los depósitos, a los socios ahorristas, hasta S/ 3,000, a partir del 8 de setiembre. De esta forma, el 75% de los socios podrá recuperar todos sus ahorros.
El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD)
El FSD es la entidad encargada de proteger el ahorro que los depositantes mantienen en las empresas del sistema financiero nacional, las que cuentan con la autorización de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para captar depósitos del público.
Esta entidad fue creada mediante la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, aprobada en 1991 mediante Decreto Legislativo Nº 637
Dicha protección la brinda mediante el pago de coberturas de seguro a los depositantes, ante la eventual quiebra de la institución donde mantienen sus depósitos.
Si bien es cierto que ya existe un fondo aprobado para las cooperativas, este recién entrará en funcionamiento en próximo año, como comenta Vidal.
“Dentro de la ley que se hizo en el 2019, en realidad no estaba contemplado una función de regulación para las cooperativas. ¿Por qué surge esto? Ya en la década de los 90 cuando hubo una crisis financiera que dio un un gran golpe en la economía peruana. Muchos bancos y cajas fueron quebrando. A partir de esto se crean los fondos de seguro de cobertura ante cualquier riesgo. Sin embargo, no estaban las cooperativas pues ellas surgen después de los años 70. El fondo que se tiene en el FSD se empezará a implementar en el próximo año, por ese motivo Aelucoop no cuenta con este fondo de cobertura”.
Los antecedentes
En el 2020 la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP dispuso la disolución de 20 cooperativas de ahorro y crédito. Según se indica, la mayoría estas disoluciones se dieron porque cada una de estas entidades se encontraba «incursa en la causal de conclusión del objeto específico para el que fue constituida» tras la modificación en la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público.
En otros casos, como el de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Andinos Perú y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Illanya por la pérdida total de capital social.
El listado presentado por la SBS fue:
Ya en el 2021 la SBS declaró la disolución de cuatro cooperativas: Cooperativa La Nueva Jerusalén Limitada, ubicada en Pisco (Ica), que ya estaba en un proceso de disolución y liquidación por estar incursa en la causal de conclusión del objeto específico para el que fue constituida, prevista en el numeral 3 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado por Decreto Supremo n.º 074-90-TR (en adelante, TUO LGC).
La Cooperativa Nuestra Señora del Carmen Ltda, ubicada en Villa María del Triunfo también fue disuelta por estar incursa en las causales de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa y conclusión del objeto específico para el que fue constituida. También se declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cosemusa Limitada y La Financiera Ltda.