A una semana del inicio de gobierno, se escuchan voces que promueven una vacancia presidencial. Luego del discurso el 28 de julio (aparentemente encaminado a desmitificar y responder a las críticas, además de comenzar a aterrizar algunas propuestas), se esperaba que la designación del Gabinete fuera un nuevo signo para generar confianza ciudadana, que permita al gobierno materializar sus objetivos y enfrentar el reto de interactuar con el Congreso.
Los cuestionamientos se iniciaron con la designación del Presidente del Consejo de Ministros (con investigaciones por apología al terrorismo, comentarios homofóbicos y misóginos en redes sociales). Preocupó, además, que hubiera juramentación sin Ministros de Economía y de Justicia, especialmente debido a que toda acción de gobierno tiene implicancias económicas o legales. En los siguientes días, mayores conflictos de intereses, falta de experiencia y designaciones discutibles de otros ministros y funcionarios han ido surgiendo.
Ahora, ¿puede pretenderse una vacancia por una mala designación de Ministros? No. Si así fuera, probablemente ya tendríamos varios Presidentes vacados en el pasado. En muchos gobiernos, se ha seleccionado personas sin experiencia para dirigir sectores y no han generado este tipo de pedidos, menos a tan poco tiempo de iniciado el gobierno. ¿Ello quiere decir que no se puede criticar las designaciones ni exigir renuncias? Tampoco. No es posible tolerar declaraciones que no sean de rechazo frente al terrorismo o legitimar comportamientos que denigren o discriminen a personas por su género u orientación sexual, o que personas investigadas o sancionadas por actuar fuera del marco de la legalidad asuman altas posiciones en el gobierno. La selección de Ministros cercanos al partido o alianza que ganó las elecciones es posible, pero lo mínimo que puede exigirse es que se trate de personas sin investigaciones o sanciones por actos ilegales y, en lo ideal, con experiencia en gestión pública y/o el sector. No debe percibirse que el casi único requisito para integrar el Ejecutivo es la cercanía con el líder partidario.
El Presidente no es responsable por los actos de gobierno, sino que lo son los Ministros (artículo 128 de la Constitución). La vacancia no es una forma de control político, sino una solución extrema, que no debería aplicarse solo por la fuerza de tener la votación suficiente en el Congreso. No hay que olvidar que la vacancia por incapacidad moral permanente, regulada en el artículo 113 inciso 2 de la Constitución, tiene el contenido abierto de “lo moral”, que, contrario al marco constitucional (en el sistema de gobierno presidencial atenuado), puede pretender usarse con cualquier motivo para pretender remover a un Presidente. Antes del último periodo de gobierno, desde el siglo XIX[1], solo se había empleado en tres ocasiones[2]. Era la excepción y ahora parece estarse volviendo la regla (para la clase política y la opinión pública). En este contexto, sería útil contar con una sentencia del Tribunal Constitucional para delimitar esta “incapacidad moral permanente”. No se tuvo pronunciamiento sobre el fondo, por decisión de la mayoría de ese organismo el año pasado[3].
Ahora, ¿el Ejecutivo busca que se niegue la confianza al nuevo Gabinete para estar más cerca de disolver el Congreso? Solo quienes han designado al Gabinete podrían aclararnos la intención. No se justifica que en los primeros días del mandato parlamentario, se esté considerando cerrar el Congreso. “Agudizar las contradicciones” no solo afecta la estabilidad del país, sino la propia viabilidad para gobernar. Se debilitan alianzas con otras fuerzas políticas que permitan hacer cambios normativos y tener la suficiente continuidad ministerial para diseñar e implementar políticas públicas.
Y si la vacancia no es una alternativa, ¿qué se puede hacer? Desde la opinión pública y la ciudadanía, estar vigilantes y exigir rectificaciones cuando corresponda (en designaciones, políticas públicas y acciones de gobierno)[4]. Desde el Congreso, es posible ejercer el control político, en primer término, dentro de los siguientes días, con la confianza tras presentar la política de gobierno (“investidura”)[5], pero también con estaciones de preguntas, interpelaciones, censuras; de igual modo, al evaluar pedidos de delegación de facultades o iniciativas legislativas desde el Poder Ejecutivo.
Criticar los actos de gobierno no tiene que derivar, como primer recurso, en vacancias y tampoco criticar al Congreso, en disoluciones. Tampoco rechazar la vacancia presidencial y la disolución del Congreso tiene que llevarnos al inamovilismo o a la silente aceptación (ni desde la ciudadanía ni desde el Congreso). Sin embargo, tal vez valga la pena recordar que Poder Ejecutivo y Congreso son elegidos para permanecer en el poder por cinco años. En ese periodo, su principal objetivo debe ser ejercer sus funciones en beneficio del país, y no sumar acciones para destruirse mutuamente.
[1] Se incluye en las Constituciones desde 1839.
[2] Se declara la vacancia de José Mariano de la Riva Agüero y Sánchez Boquete (1823), Guillermo Billinghurst Angulo (1914) y de Alberto Fujimori Fujimori (2000).
[3] Sentencia 778/20 – Expediente 00002-2020-CC/TC.
[4] Probablemente, una reciente victoria ciudadana haya sido que hoy se estén haciendo públicas las reuniones del Presidente y los integrantes del gobierno, obligación legal, pero además correlato a la necesidad de transparencia (sin olvidar tampoco a Presidentes que antes despachaban de clubes y domicilios privados).
[5] Artículo 130 de la Constitución.