Recientemente, la sociedad peruana ha obtenido dos logros para la transparencia del Estado que merecen ser valorados. Uno está referido al acceso a los correos electrónicos de la Presidencia de la República y el otro a la publicidad de las visitas que reciben los y las congresistas de la República.
El primer caso se inició luego de las masivas protestas ciudadanas que acabaron con el efímero gobierno del ex congresista de Acción Popular Manuel Merino de Lama en noviembre del 2020, circunstancias en las que perdieron la vida por disparos de armas de fuego los jóvenes Inti Sotelo y Bryan Pintado y se habría producido agresiones y detenciones arbitrarias que son materia de investigación fiscal que involucran al propio Merino de Lama, entre otros.
Poco después de la renuncia del señor Merino, el abogado Ronald Gamarra, del estudio jurídico Arbizu y Gamarra, presentó una solicitud de acceso a la información ante el despacho presidencial a fin de que se le entregue copia de todos los correos electrónicos enviados y recibidos por Manuel Merino desde la cuenta oficial que se le asignó mientras ocupó palacio de gobierno ([email protected]). El despacho presidencial cumplió con comunicar a Merino de Lama la solicitud recibida para que identifique cuáles de esos correos eran de carácter privado y –por tanto- se encontrarían dentro de las excepciones previstas por la ley de transparencia y acceso a la información pública. Merino respondió que estaba revestido de inmunidad e inviolabilidad y que, por ello, no autorizaba la entrega de ninguna de sus comunicaciones.
Gamarra apeló ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y obtuvo respuesta positiva. Los argumentos del Tribunal de Transparencia son bastante consistentes[1]. Por un lado, recuerda el principio por el cual toda información que posea el Estado se presume pública (Art. 3 del TUO de la Ley 27806), así como el derecho constitucional por el cual toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública (Art. 2 numeral 5 de la Constitución Política del Perú). Adicionalmente, cita al Tribunal Constitucional y destaca que “la protección del derecho fundamental de acceso a la información pública no sólo es de interés para el titular del derecho, sino también para el propio Estado y para la colectividad en general”[2].
La resolución del Tribunal de Transparencia desestima los argumentos a los que apela Merino de Lama y precisa que tratándose de un alto funcionario la obligación de transparencia es mucho mayor. Una lectura entre líneas de la resolución permite interpretar que si bien el despacho presidencial –bajo el gobierno del presidente Sagasti- cumplió con comunicar a Merino, la negativa de éste no resulta razón suficiente para no haber entregado la información solicitada por el abogado Ronald Gamarra.
El Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública ha dispuesto que el despacho presidencial entregue copia de todos los correos electrónicos que cursó de ida y vuelta el señor Manuel Merino de Lama desde la cuenta oficial [email protected], con lo cual se sienta un precedente de especial relevancia para la transparencia del Estado y el ejercicio del derecho ciudadano de acceder a la información pública, incluso al más alto nivel de funcionarios.
Del segundo caso ha dado cuenta el periodista Martín Hidalgo, del diario El Comercio, y está referido a la transparencia en el Congreso de la República. Mediante su cuenta de Twitter @martinhidalgo hizo notar el 12 de agosto que el portal de transparencia del Congreso no divulgaba la información sobre las visitas que reciben los congresistas, lo que constituye una vulneración a la norma.
Desde que se aprobó el primer texto normativo sobre transparencia y acceso a la información pública -durante el gobierno del presidente Valentín Paniagua- la prensa ha sido una de las principales impulsoras de la transparencia, sin ella su labor se ve disminuida; el uso que se haga de esta información responde a la línea editorial de cada medio y ha sido muchas veces y con justa razón cuestionada. Pero en este caso ha tenido un efecto muy valioso, pues como el propio periodista Hidalgo informa mediante un tuit de fecha 1 de setiembre, el portal del Congreso ya da cuenta de las visitas que reciben los despachos parlamentarios. Así hemos podido enterarnos de que el 31 de agosto el ex presidente Martín Vizcarra visitó a la congresista Kira Alcarraz, de Somos Perú, la misma que ha contratado como asesora a la señora Miriam Morales, ex colaboradora de Vizcarra en palacio de gobierno.
Recordemos que al inicio del gobierno de Pedro Castillo se cuestionó con razón que al despachar fuera de palacio de gobierno se hacía imposible conocer sus actividades. El reclamo tuvo efecto y actualmente el presidente Castillo ocupa las oficinas oficiales y el despacho presidencial divulga en su portal web sus actividades.
Cuidemos y ejerzamos nuestro derecho a la transparencia y el acceso a la información pública como un valor democrático que beneficia al Estado y a la sociedad en general.
[1] Resolución 000184-2021-JUS/TTAIP- PRIMERA SALA. Puede accederse al texto completo vía: https://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2021/04/184-2021-I.pdf
[2] Sentencia recaída en el Expediente N° 4865-2013-PHD7TC