El pasado 26 de enero del presente año el Tribunal Constitucional (TC) en audiencia pública determinó dejar al voto la demanda de inconstitucionalidad por la autógrafa de ley, que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución.
Esta ley implica que el Ejecutivo no puede presentar cuestión de confianza por aprobación de una reforma ni por una competencia exclusiva del Parlamento.
En ese sentido, no se encuentran entre estas competencias, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos.
Mañana, el TC deberá votar dicha demanda en donde se necesitan cinco votos de los tribunos para declarar inconstitucional la ley aprobada en el Legislativo.
En la previa el tribuno, Eloy Espinosa- Saldaña dijo que el Gobierno asegura que no se puede poner límites a la cuestión de confianza y menos si se prohíbe ser presentada como respuesta ante una de reforma constitucional.
“Si no se logran los 5 votos para declarar una norma inconstitucional, la demanda se declara infundada, o sea, se rechaza por el fondo, y la norma sigue considerándose constitucional. De ahí la importancia del debate de mañana(hoy) y de la discusión interna nuestra a partir del jueves”, dijo a Exitosa.
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