Desde el Congreso- que cuenta con un 70% de desaprobación según Ipsos- no solo han atentado contra la reforma del transporte y educación, sino que ahora contra el sistema electoral.
A inicios de años Alianza Para el Progreso (APP) y Renovación Popular (RP) incumplieron con la resolución del JNE que indica “que las organizaciones políticas inscritas deben solicitar la inscripción de su padrón de afiliados en conjunto en un solo momento”. Esto de cara a las elecciones 2022.
Los interesados que presentaron proyectos de ley para dar nuevo plazos a las partidos políticos fueron precisamente APP y RP.
Eduardo Salhuana (APP) había sustentado en febrero el proyecto de ley 1227 para para que los padrones se tramiten mediante “entregas totales o parciales”.
De igual forma, Alejandro Muñante (RP), presentó otra iniciativa con el mismo propósito, modificar las reglas que estableció el JNE. El proyecto de ley es el 1271 que contaba con más peso entre los parlamentarios.
La aprobación express desde el Parlamento
Luego de muchas idas y venidas en donde incluso la Comisión de Constitución no emitió una dictamen para la aprobación de ley, se aprobó con 82 votos a favor y 29 en contra un texto sustitutorio del proyecto de ley 1271, que presentó la comisión que lidera Patricia Juárez.
Lo llamativo de esta ley aprobada en el Legislativo atentaría contra el reglamento del Congreso. Según precisa el artículo 73, toda ley orgánica como la que ha sido aprobada debe tener un dictamen previo. Esto no sucedió.
Es importante mencionar que pese a que los diferentes representantes de los órganos electorales (JNE, ONPE y Reniec) advirtieron que estos proyectos atentan contra el principio de intangibilidad de las normas electorales, desde el Congreso hicieron caso omiso.
El 15 de febrero se veía venir lo que iba a suceder. La República informó que fueron cinco los parlamentarios que han respaldado con sus rúbricas esta jugada.
Ellos son Waldemar Cerrón (Perú Libre), Jorge Montoya (Renovación Popular), Williams (Avanza País), Elvis Vergara (Acción Popular) y Eduardo Salhuana (Alianza Para el Progreso).
Sobre la ley
La iniciativa legislativa que recibió el visto bueno detalla precisiones a una disposición transitoria de la Ley N° 31357, referida a la presentación de las listas de candidatos y la participación de las organizaciones políticas en las presentes elecciones.
Con esto, darán una nueva oportunidad y permitirá a las organizaciones enviar de nuevo la documentación de sus afiliados.
Como parte de este texto sustitutorio aparecen dentro de las implicancias que los partidos podrán mantener su inscripción sin ter un mínimo de participación en las elecciones 2022.
Asimismo, los movimientos regionales ya no tendrán una valla de participación mínima en el 2022 para mantener su inscripción.
Pronunciamientos
Luego de la aprobación de la mencionada ley en el Congreso, Somos Perú manifestó su rechazo ante lo que ellos consideran una vulneración a la reglas para elecciones 2022.
“El JNE debe respetar el cronograma electoral y las reglas de juego de este proceso. El presidente, Pedro Castillo, debería observar esta ley, aprobada hoy por el Congreso. No a los partidos políticos cascarón”, escribieron vía Twitter.
Por otro lado, Iván Lanegra, secretario general de la Asociación Civil de Transparencia, precisó que la decisión tomada por el Parlamento abre una “puerta muy peligrosa”.
Esta puerta que quiere abrir el Congreso es muy peligrosa, al generar un precedente que permitiría sacar leyes que "interpreten" leyes electorales, después de cerrado el plazo para modificar dichas normas, cambiando las reglas de juego y afectando el proceso electoral. https://t.co/9e5oqquNxu
— Ivan Lanegra (@ilanegra) March 10, 2022
Con respecto a la vulneración del artículo 73, el constitucionalista Pedro Grández, indicó a La República que la forma como el Congreso aprobó la ley el jueves representaría “un supuesto de inconstitucionalidad”.
Para el mismo medio declaró el también constitucionalista Luciano López. Señaló que el TC se ha pronunciado declarando el carácter de ley orgánica de un artículo de la Ley de Organizaciones Políticas. En su defecto el JNE tendría que ejercer control difuso y no aplicar la norma, por ser inconstitucional.
Al término de esta nota el Congreso envió la norma aprobada al presidente de la República, Pedro Castillo. El mandatario tendrá que promulgar dicha ley o en su defecto observarla al no cumplir el reglamento del Legislativo. Veremos.
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