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viernes, marzo 29, 2024

CRIMEN CON NOMBRE: VIOLENCIA SEXUAL, VIOLENCIA DE GÉNERO

Ni siquiera la palabra atrocidad es ya suficiente para describir el crimen cometido contra una niña de 3 años hace unos días en Perú. Secuestrada y violada por Juan Enríquez de 48 años. Hallada inconsciente y torturada. Hasta aquí la descripción de un nuevo acto de violencia contra niñas y mujeres. Sin dar su nombre para no victimizarla una y otra vez. Para ella toda la protección de su dignidad y toda la reparación posible. Pero sí, dando el nombre del sujeto porque es sobre este delito de violencia sexual que demandamos justicia rápida, ejemplificadora y efectiva.

Una pequeña a la que le han destrozado la vida no puede ser solo un número más de las estadísticas. Para ello es importante hablar -por ejemplo- de políticas públicas y propuestas y del tipo de cobertura mediática dado a estos casos. Respecto de lo primero, en cuanto a medidas para sancionar la violencia sexual, el Código Penal ya establece penas de cárcel que van de los veinte años a la cadena perpetua si el acto es cometido contra menores de 14 años. En el caso de menores de 7 años “la pena será cadena perpetua” (art. 173). Es probable que pueda darse otro debate para la elevación de las penas, pero requiere propuestas serias y no controversiales llamados a una pena de muerte que para su implementación requeriría una denuncia al Pacto de San José (con un preaviso de un año) y una modificación constitucional.

Lo que también hay que preguntarse es qué se puede hacer mejor con las leyes y políticas ya existentes. Se ha trabajado en la sanción y denuncia, temas muy importantes. Igual de importantes son la prevención y la implementación de las normas. Sobre lo primero, se necesitan campañas estatales informativas adicionales que se enfoquen en los posibles victimarios y que eduquen sobre causas y costos penales (y sociales) de este tipo de delitos. Además, habría que fortalecer y avanzar más rápidamente en la implementación del Registro Único de Víctimas y Agresores (RUVA), establecido por la Ley 30364 a cargo del Ministerio Público en coordinación con la Policía, Poder Judicial y el MIMP.  Según información institucional disponible estaría en plan piloto[1]. Urge poner el foco y la alerta, también en los agresores y posibles riesgos de reincidencias. Sobre la implementación, debe revisarse la duración de los procesos. Justicia que no es rápida no es justa.  Según datos del INEI en casos de personas recluidas por feminicidio 47,3% lo están en calidad de procesados[2].

Sobre lo segundo, un estudio del Observatorio de Medios (@observamedios21), impulsado por Calandria y el Consejo Consultivo de Radio y Televisión, de la cobertura a casos de feminicidio que analizó 413 noticias (203 de prensa y 210 de televisión) en medios nacionales, señala que: en el 85,9% de los casos no se daba información sobre servicios donde denunciar o consultar y se abordaba la noticia como “un hecho aislado, descontextualizado y generalmente solo se resalta los motivos del agresor”[3]. En el caso de esta niña, dicho Observatorio está reportando que la cobertura aparecida en medios describe los hechos, incentiva el morbo, no menciona los canales de ayuda y no hay un tratamiento desde un enfoque de derechos humanos de las mujeres ni del hecho como parte de una problemática social con causas estructurales como el machismo.

En 2018 Rita Segato, antropóloga argentina, una de las voces más autorizadas sobre violencias hacia las mujeres, advertía sobre el caso argentino: “Tenemos un problema con el espectáculo de la noticia. Es indispensable ver cómo los medios pueden informar sobre este fenómeno. Lo que hemos aprendido (…) es que, aunque los medios muestren la monstruosidad del agresor (…), para otros hombres resulta una figura tentadora”[4]. Añadiríamos, tentadora para aquellos hombres que responden a masculinidades tóxicas fuertemente asentadas en la necesidad de dominación que el machismo impone.

[1] Ver Registro Único de Víctimas y Personas Agresoras (RUVA) (fiscalia.gob.pe)

[2] INEI. Los feminicidios y la violencia contra la mujer en el Perú. 2015-2019.

[3] Observatorio de medios. Tratamiento informativo de los casos de femicidio en la prensa y tv, Calandria, CONCORTV y Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 35.

[4] Mariana Carbajal. Entrevista a la antropóloga Rita Segato. Página 12. 18 de diciembre de 2018.

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