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sábado, enero 25, 2025

Tres proyectos de ley para ajustar cuestión de confianza del Ejecutivo

El primer proyecto de ley de este período parlamentario provino desde la bancada de Podemos Perú y busca regular la cuestión de confianza, una herramienta que podría utilizar el presidente Pedro Castillo en su contra.

Lo que es cierto es que son tres las bancada que han planteado proyectos de ley para modificar la cuestión de confianza. Podemos Perú, Acción Popular y Alianza para el Progreso son quienes han presentado dichas iniciativas.

Recordemos que la cuestión de confianza es un mecanismo constitucional por el cual el Poder Ejecutivo puede consultar al Congreso de la República, sobre el tema que estime conveniente, si aún cuenta con su confianza para seguir gobernando.

No quieren volver a cometer los mismos errores. El pasado periodo de gobierno 2016-2021 trajo consigo acontecimientos de conflicto entre el Legislativo y el Ejecutivo. Dentro de ellos destaca la disolución del Congreso que realizó Martín Vizcarra, esto tras denegar la confianza hasta en dos oportunidades.

¿Qué dicen las bancadas?

El primero en plantear un cambio fue José Luna Gálvez. El parlamentario de Podemos Perú señaló la intención de hacer una reforma constitucional a través de una ley del artículo 33.

«Artículo 133. El presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo, previo acuerdo registrado en acta. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es removido por el presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete».

Luna Gálvez señala que no se puede plantear una cuestión de confianza sobre procedimientos y funciones de competencia exclusiva del Congreso de la República, sobre iniciativas legislativas que no pueda observar, ni sobre propuesta de referéndum.

Por el lado de Acción Popular, Luis Aragón, entregó un proyecto de ley de interpretación del uso de cuestión de confianza que figura en la Carta Magna.

Es decir el rechazo o la aprobación de la cuestión de confianza «solo producirá efectos legales, cuando la decisión final sea notificada por el Congreso al Poder Ejecutivo; no siendo procedente la presunción de la misma».

Por último, se sumo a las otras dos bancadas, Héctor Acuña y Lady Camones. Ellos apelarán a modificar la interpretación del último párrafo del articulo 132 de la Constitución.

«Se interpreta que la cuestión de confianza planteada sobre una iniciativa ministerial está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo, no encontrándose entre ellas, las referidas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que son de competencia exclusiva y excluyente del Congreso de la República. La decisión que toma el Congreso de la República sobre la aprobación o rechazo de la cuestión de confianza es comunicada al Poder Ejecutivo para su validez».

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