El último fin de semana el Gobierno mediante un decreto supremo anunció que desde este 15 de diciembre, todas las personas mayores de edad tendrán que presentar su carné de vacunación físico o virtual para ingresar a espacios cerrados.
Esta medida que se aplicará para los cuatro niveles de alerta que existen en el país fue respaldada por la Defensoría del Pueblo.
Así mismo, será obligatorio que toda empresa que tenga más de 10 trabajadores cuenten con sus dos dosis contra la covid-19, de lo contrario no podrán operar de manera presencial.
También, los choferes y cobradores de los servicios de transporte público y el personal de delivery solo podrán trabajar si demuestran su dosis completa de vacunación.
“La Ley n.° 31091 señala el carácter voluntario de la vacuna; no obstante, Ley n.° 26842 permite limitar derechos en favor de la salud pública. Es legítimo y necesario que el Estado disponga ciertas restricciones para las personas no vacunadas, una vez agotada la persuasión”, expresa la Defensoría vía Twitter.
Por otro lado, el organismo constitucionalmente autónomo del Estado Peruano comenta que este medida se sustenta en que el derecho a la salud exige actuaciones estatales de prevención y atención ante enfermedades como la covid-19.
“También demanda de las personas un deber de someterse a dichas medidas para la protección de salud pública”, añaden.
La Defensoría concluye diciendo que la vacunación contra el virus del SARS-CoV-2 es la medida de prevención más efectiva ante las formas severas de la enfermedad. La vacunación es un derecho y un deber a favor de salud pública. El Estado debe garantizar vacunas para todas las personas.
La Ley n.° 31091 señala el carácter voluntario de la vacuna; no obstante, Ley n.° 26842 permite limitar derechos en favor de la salud pública. Es legítimo y necesario que el Estado disponga ciertas restricciones para las personas no vacunadas, una vez agotada la persuasión. (1/4) pic.twitter.com/lrMDQwaAuJ
— Defensoría Perú (@Defensoria_Peru) November 16, 2021
Voces autorizadas
Alejandro Muñante, parlamentario de Renovación Popular había presentado un oficio a la premier, Mirtha Vásquez advirtiéndole de la inconstitucionalidad que estaría incurriendo el DS 168-2021-PCM.
Ante esta situación, Hernando Cevallos, ministro de Salud, dijo para La República que el sector «tiene una clara posición en defensa de la vida y de la salud, de la población«. Agrega que está científicamente demostrado que las personas no vacunadas tienen un mayor riesgo frente al Covid-19 y que contagian más.
«Por tanto, es obligación del Ministerio de Salud cautelar la salud colectiva más allá de las molestias o inconvenientes que pueda generar la desinformación», exclamó.
Complementando lo dicho por el titular del Minsa, Alicia Abanto, quien es adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo, comentó que «es importante que la población tome en cuenta que no hay ningún derecho que sea ilimitado, por tanto, los derechos en general pueden ser limitados por el Estado».
«Para garantizar la salud pública el Estado está habilitado, por la Constitución y la ley, para limitar los derechos de las personas’», comenta.
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