¿Cómo puede el gobierno hablar del fortalecimiento del servicio civil como uno de sus ejes estratégicos[1] y a su vez renunciar a defender las demandas de inconstitucionalidad contra las leyes N° 31131 y 31188, aprobadas por el Congreso de la República 2020-2021, referidas al régimen CAS y la negociación colectiva, y que fueron interpuestas por el gobierno de transición con el fin de salvaguardar los principios de meritocracia y equilibrio fiscal?
¿Cómo puede el gobierno hablar de responsabilidad fiscal cuando está renunciando a defenderse de leyes claramente inconstitucionales por involucrar iniciativa de gasto, de la que carece el Congreso según el artículo 79 de la Constitución, con un costo anual adicional de hasta S/ 10 mil millones, y que constituyen uno de los principales riesgos para el control del gasto y la consolidación fiscal al 2030, según informes del Consejo Fiscal y cifras del propio Ministerio de Economía[2]?
La planilla del Estado no es un botín escribí a inicios de agosto[3], a pocos días de nombrados los miembros del primer gabinete del Ejecutivo y otros puestos claves con personas no idóneas y cuestionadas moralmente. Y no debería ser un botín, porque el Estado debería anteponer los intereses de los ciudadanos (y que son derechos constitucionales, por cierto) de recibir servicios públicos de calidad a los intereses partidarios y de funcionarios públicos, pero no lo está haciendo.
Sobre los intereses partidarios, casi 70 de estos 100 primeros días de gobierno se fueron en una gestión discutible del premier Bellido y otros miembros de su gabinete. Si bien el nuevo gabinete redujo el número de miembros cuestionados, lamentablemente aún no hubo cambios en la designación de las autoridades que encabezan ESSALUD, INDECOPI y la DINI. Dos de las cuales recaen sobre directa responsabilidad de la actual presidenta del Consejo de Ministros. Es de esperar que no tenga que ocurrir un escándalo de la magnitud del cometido por el ex ministro del interior para que los cambios en estas entidades ocurran. A ello deberá sumarse la salida del ministro de Transportes y Comunicaciones, que acaba de entregar las cabezas de las jefas de las autoridades fiscalizadora y del ordenamiento del transporte para que algunos gremios de transportistas mantengan su respaldo, aunque a costa de ello se afecten a miles de ciudadanos a causa del transporte informal. Asimismo, la salida del ministro de educación, que ha dejado claro su poco interés por el retorno a clases de cientos de miles de niños y más bien su preocupación para que los profesores no requieran de más evaluaciones para ser nombrados.
Sobre los intereses de funcionarios públicos. Estas declaraciones del ministro de educación nos llevan al segundo grupo de intereses que el gobierno ha antepuesto al de los ciudadanos, el de los funcionarios públicos. Lamentablemente, sobre finales de septiembre, este gobierno se desistió de las acciones de inconstitucionalidad contra las leyes 31131 y 31188, aprobadas por el Congreso de la República 2020-2021, referidas al régimen CAS y la negociación colectiva, y que fueron presentadas por el gobierno de transición. Si bien el Tribunal Constitucional declaró
improcedente este desistimiento, ya el daño estaba hecho. Desistirse melló la defensa de los intereses ciudadanos, en la medida que el procurador público especializado en materia constitucional del Poder Ejecutivo no asistió a la audiencia convocada por el Tribunal Constitucional el 6 de octubre[4], por lo que tampoco lo hicieron los representantes de SERVIR, principal entidad interesada en defender la poca meritocracia que aún nos queda en el servicio civil y que había pedido al procurador que le ceda la palabra unos minutos en la audiencia. Por tanto, en la audiencia, además del abogado del Congreso, hablaron principalmente los representantes de los diversos sindicatos de trabajadores que buscan plena estabilidad laboral, aun si el interés público para el cual existe la entidad en la que trabajan se logra o no. Por ejemplo, querer estabilidad laboral plena como los profesores a los que se refirió el ministro, aun si el servicio e interés público de una educación de calidad no se logra. No hubo nadie que defendiera el interés ciudadano ni la meritocracia ni el equilibrio fiscal.
Así, en la Ruta IPAE: Eficiencia en el sector público: recursos humanos para servicios públicos de calidad[5], documento breve elaborado recientemente con el Consejo Privado de Competitividad y que contiene recomendaciones para fortalecer nuestro servicio civil, argumentamos que las entidades del Estado operan sobre la base de dos principios: proteger el interés público y la sostenibilidad financiera. Por consiguiente, la estabilidad laboral plena y las negociaciones colectivas en el Estado sin restricciones no solo demandan recursos que son financiados con los impuestos pagados por la ciudadanía, sino que restan presupuesto que podría destinarse a una acción que con mayor certeza permita proveer un mejor servicio y salvaguardar el interés público.
Entonces, como consecuencia de ambas leyes, y si no media acción del Tribunal Constitucional, se garantizará la estabilidad laboral plena de funcionarios públicos y la aprobación de convenios colectivos sin ninguna consideración respecto a criterios meritocráticos ni límites presupuestales, además de que ambas leyes debilitaron las funciones en la materia del MEF y SERVIR. Todo ello, dista de garantizar el interés público y anteponer los intereses ciudadanos. A 100 días de haber iniciado, urge que el gobierno conteste a consciencia las dos preguntas con que inicié este artículo.
[1] Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026
[2] Ver:
- Informe Preelectoral de la administración 2016-2021 del Consejo Fiscal: https://cf.gob.pe/documentos/informe-n-01-2021-cf-opinion-del-consejo-fiscal-sobre-el-informe-preelectoral-de-la-administracion-2016-2021/
- https://elperuano.pe/noticia/120184-negociacion-colectiva-generara-costo-anual-de-s-6228-millones
- Oficio N° 024-2021-PR, del 14 de enero de 2021, que observa la ley aprobada por el Congreso referida al régimen CAS
[3] Ver: https://www.patamarilla.com/2021/08/la-planilla-del-estado-no-es-un-botin/
[4] Ver desde hora 2:27: https://www.youtube.com/watch?v=e90xlpEP5Xc
[5] Ver: https://www.ipae.pe/wp-content/uploads/2021/09/Ruta-Peru-Eficiencia-en-el-sector-publico.pdf