Tras un intento de vacancia presidencial fallido contra Pedro Castillo por “incapacidad moral”, la magistrada del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, opinó al respecto.
La tribuna enfatizó e hizo un llamado de atención al Parlamento al considerar que existen diferentes formas si su deseo es destituir al jefe de Estado.
“Lo que me preocupa es que perviertan figuras como la de la vacancia y no se utilicen los caminos constitucionales de los que perfectamente puede hacer uso el Congreso de manera limpia, sin mayores dudas acerca de qué es vacancia y qué no lo es, y se proceda al retiro o no del presidente”, comentó para el diario Correo.
Ledesma precisó que la Carta Magna da la posibilidad de acceder a otras maneras de ser necesaria la salida del mandatario cajamarquino.
“Usemos el artículo 99 que señala un procedimiento super claro: la Comisión Permanente lo acusa ante el Congreso, el Congreso decide retirarlo, con sus cargos. Sin perjuicio de que el Ministerio Público continúe con la investigación”, recalcó.
Además, la magistrada indicó que dicha Comisión tiene la facultad de acusar al presidente ante el Legislativo por dos razones: por delitos o por infracción a la Constitución.
“Luego, ante esa acusación de la Comisión Permanente, el Congreso toma la decisión de suspender al presidente e inhabilitarlo por diez años el ejercicio público destituirlo de su función”, añade.
Ledesma termina la entrevista refiriéndose al punto de la incapacidad moral permanente y comentó que para una vacancia presidencial es poco entendible
“Pero cuando estamos tratando de asociar conductas delictivas a un presidente de la República, estamos confundiendo planos. La Constitución señala el camino para botar a un presidente por haber incurrido en actos delictivos. Está en el artículo 99 de la Constitución, inclusive se señala los efectos como la inhabilitación, la suspensión y la destitución”, aseveró.
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