“En su conducta, el Congresista da ejemplo de su vocación de servicio al país y compromiso con los valores que inspiran el Estado Democrático de Derecho”, ésta es la transcripción literal del artículo 1. del Código de Ética Parlamentaria[1], código que forma parte del Reglamento del Congreso de la República.
El Código de Ética Parlamentaria define la corrupción como “el ejercicio del poder público para obtención de un beneficio económico o de otra índole, sea para sí o a favor de un tercero” (Artículo 3.) Sin embargo, las conductas previstas en el código no reflejan de forma completa dicha definición.
Esta es mi primera observación: el Código de Ética Parlamentaria es una mezcla de declaración de buenas intenciones (como la del citado artículo 1) con una relación corta de conductas sancionables que van desde la falta de cortesía en el trato con sus pares (Art. 6) hasta contratar a familiares o pretender trato preferencial en tramites personales ante entidades públicas o privadas (Art. 4).
En mi columna de la semana pasada[2] me referí al conflicto de intereses en la labor parlamentaria a propósito de un proyecto que busca establecer un límite entre la pertenencia a una comisión y los intereses que representa un o una congresista[3].
Mi segunda observación es, pues, que el Código de Ética Parlamentaria debería definir con mayor precisión las formas de evitar, detectar, prevenir y sancionar los conflictos de intereses. Pongo un ejemplo muy concreto: el código en mención no tiene previsto qué hacer frente a los y las congresistas que incumplen con presentar sus respectivas declaraciones juradas de intereses. Hasta hace pocos días, más de veinte congresistas no habían cumplido con esta obligación.
Mi tercera observación está referida a la conformación del Comisión de Ética Parlamentaria. Hasta el año 2011, la comisión estaba integrada por un representante de cada uno de los grupos parlamentarios, independientemente de la cantidad de congresistas pertenecientes a éstos. Ese año se introdujo una modificación en el artículo 9 del Código mediante la cual se dispone que en la conformación de la comisión se aplique la proporcionalidad de los grupos parlamentarios. Es decir, las bancadas más grandes tendrán más representantes en la comisión de ética. Esto es un error, pues equipara la comisión de ética con las comisiones ordinarias y otorga posibilidades para que los grupos mayoritarios “blinden” a sus integrantes cuando son acusados por faltas a la ética parlamentaria.
Así, actualmente la Comisión de Ética Parlamentaria está integrada por diecisiete congresistas: cinco de Perú Libre, tres de Fuerza Popular, dos de Acción Popular, dos de Alianza Para el Progreso, uno de Avanza País, uno de Podemos Perú, uno de Juntos por el Perú, uno de Renovación Popular y uno de Somos Perú – Partido Morado.
Mención especial merece la propuesta formulada en el periodo pasado para que la Comisión de Ética Parlamentaria esté integrada por personalidades de reconocida trayectoria y consenso, pero no congresistas en ejercicio. Habría que retomar, considerar y debatir esta propuesta.
En este marco, la actual comisión de ética parlamentaria tendría que abordar casos como los del congresista –y actual presidente del consejo de ministros- Guido Bellido (PL) que habría agredido verbalmente a la congresista Patricia Chirinos (Avanza País), el congresista Héctor Valer (SP-PM) que habría agredido a sus colegas Leslie Olivos y Héctor Ventura, y el congresista Jorge Flores Ancachi (AP) que pretendió sobornar al periodista Liubumar Fernández. Correspondería también que la comisión de ética debata de oficio el caso del congresista José Luna Gálvez que ha pedido facultades para que la comisión de defensa del consumidor –que él preside- investigue a los organismos supervisores incluyendo a la SUNEDU que negó la licencia de funcionamiento a la universidad de su propiedad. La comisión haría bien, además, si analiza el caso de congresistas que recibieron gastos de instalación y dieron uso distinto al previsto para dicha asignación.
La primera sesión de la Comisión de Ética Parlamentaria será este lunes 27 de setiembre, dos meses después de instalado el Congreso. Sigamos con atención su trabajo.
[1] https://www.congreso.gob.pe/Docs/files/reglamento/Reglamento/index.html
[2] https://www.patamarilla.com/2021/09/congreso-y-conflictos-de-intereses/
[3] https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MTAxNg==/pdf/00264-2021-CR